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El TJUE se ha pronunciado respecto de que las directivas europeas se oponen a las exclusión del personal al servicio del hogar familiar no tengan desempleo.

En esta ocasión el Tribunal analiza que nuestro ordenamiento excluye expresamente de la prestación de desempleo a las personas trabajadoras del hogar familiar, sin que exista una razón objetiva. Y al tiempo que, según datos de Tesorería General de la Seguridad Social, mas del 90% de las personas dadas de alta en el régimen especial de trabajadores del hogar son mujeres, parece clara una discriminación indirecta respecto de las mujeres.

¿Ya se puede cotizar para generar paro?

Tras dictarse esta sentencia, el juzgado de lo social que planteó la cuestión prejudicial en el pleito de instancia debe decidir si le parece acorde permitir la cotización por desempleo, a fin de una eventual prestación.

Ello abre las puertas a una mayor protección, dado que, si una persona es beneficiaria de prestación por desempleo y esta se agota, existen subsidios a los que acceder para cuando estas han sido agotadas. Es decir, haber tenido derecho a ellas.

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